
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) llevó a cabo una reunión con representantes de las principales billeteras virtuales para abordar las controversias que han surgido tras la reciente recategorización de monotributistas. Este encuentro se centró en el manejo y la transmisión de datos entre las plataformas de pago y el organismo fiscal. La necesidad de un informe detallado fue impulsada por el aluvión de notificaciones que recibieron pequeños contribuyentes, quienes se vieron sorprendidos por movimientos que aseguran no haber realizado.
Las tensiones aumentaron después de que muchos monotributistas recibieron alertas en su Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) sobre ingresos que no reconocen, lo que reavivó el debate sobre las normativas de información establecidas en la Resolución General 4614/2019. Esta normativa diferencia entre dos regímenes: el "Título I", que regula la obligación de informar comisiones y ventas a través de servicios de gestión de pagos electrónicos, y el "Título II", que se refiere a la obligación de reportar ingresos, egresos y saldos bajo ciertas condiciones económicas.
El tributarista Sebastián Domínguez explicó que el "Título I" no tiene un umbral mínimo de reporte, lo que significa que cualquier cobro comercial procesado electrónicamente puede ser informado al fisco, sin importar su monto. En contraste, el "Título II" establece un límite de $50 millones para personas humanas, lo que implica que solo las transacciones que superen esa cifra deben ser reportadas en detalle. Esto ha llevado a confusiones y a la recategorización de contribuyentes que afirman no haber realizado ciertos cobros.
La gerente de Lisicki, Litvin & Abelovich, Noelia Girardi, también destacó la importancia de clarificar estas distinciones, ya que se han presentado casos de contribuyentes que no reconocen ciertos cobros informados. La reunión entre ARCA y las billeteras virtuales busca esclarecer estas situaciones y garantizar que los procesos de recategorización se realicen de manera justa y transparente, evitando que los pequeños contribuyentes sean afectados por errores en la interpretación de las normativas.

















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