Por Silvana Reñones (*)
El Gobierno se prepara para sacudir el tablero político con el envío de dos proyectos de ley al Congreso, en el marco de su ambiciosa reforma electoral. Según fuentes cercanas, se convocarán sesiones extraordinarias para debatir estas iniciativas que prometen cambios profundos en el sistema.
Uno de los proyectos propone la eliminación de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), además de una revisión del financiamiento para los partidos políticos. El segundo proyecto se centrará en reformar la estructura de los partidos, aunque aún quedan detalles por definir. ¿Se viene un cambio de juego en la política nacional?
Publicidad Electoral: más privados, menos Estado
El Gobierno está listo para revolucionar la publicidad electoral con un nuevo proyecto que propone drásticos cambios en el financiamiento de las campañas. La propuesta elimina los espacios publicitarios que el Estado asigna a los partidos a través de medios públicos y privados, dejando atrás los aportes extraordinarios durante las contiendas electorales. Sin embargo, el Fondo Partidario Permanente, con un presupuesto de $2.930 millones, permanecerá para sostener a las agrupaciones.
La Casa Rosada enviará al Congreso dos proyectos de ley que prometen sacudir el sistema político. Para compensar la reducción del dinero estatal, se planea aumentar el límite de aportes privados en campaña de $40 millones a ¡$300 millones por persona jurídica! Además, se eliminará el tope de gasto para los partidos.
La reforma también incluye cambios en la Ley Orgánica de Partidos Políticos, endureciendo los requisitos para obtener y mantener la personería jurídico-política, con la clara intención de reducir la fragmentación partidaria.
Financiamiento Electoral en Argentina: sistema mixto y sus sesafíos
Desde 1957, Argentina opera con un sistema de financiamiento electoral mixto. La Ley 26.215, sancionada en 2009, establece que el Estado debe distribuir fondos equitativos entre todas las alianzas para la impresión de boletas. Para las campañas, el financiamiento se reparte en dos mitades: la primera se distribuye equitativamente entre todos los frentes, mientras que la segunda se asigna según los votos obtenidos en la última elección.
Para las elecciones nacionales de 2023, el Gobierno destinará $455 millones del Fondo Partidario Permanente a 220 partidos políticos. De esta cifra, el 20% ($91.112.426) se repartirá de manera igualitaria entre los espacios reconocidos, siempre que no tengan problemas judiciales ni incumplimientos a la Ley de Financiamiento.
El 80% restante ($364.449.705) se distribuirá proporcionalmente según los votos recibidos en la última elección de diputados, beneficiando a aquellos partidos que alcanzaron al menos el 1% del padrón.
Además del financiamiento público, existen aportes privados, que deben realizarse a través de métodos que permitan la identificación del donante.
A partir de la reforma de 2019, se habilitaron los aportes de empresas, pero están prohibidos los donantes que sean organismos del Estado, empresas concesionarias, contratistas, proveedores del Estado, entidades que exploten juegos de azar, asociaciones sindicales y profesionales, gobiernos extranjeros, y empresas extranjeras sin domicilio en el país.
También hay restricciones para personas físicas: no pueden aportar extranjeros sin residencia en el país, quienes exploten juegos de azar, o aquellos imputados por violaciones a la ley penal tributaria. La Cámara Nacional Electoral estableció límites de $20 millones en las primarias, $40 millones en las generales y $20 millones en la segunda vuelta.
Sin embargo, a pesar de la regulación, persiste un circuito informal de financiamiento en la política. Muchos aportes se realizan en “negro”, eludiendo la ley, lo que representa un desafío significativo para la transparencia del sistema electoral. La bancarización obligatoria de aportes, aunque un paso adelante, no ha erradicado estas prácticas. La lucha por un financiamiento electoral limpio continúa en la arena política argentina.
Controles Judiciales: ¿Incentivos erróneo al financiamiento?
Expertos y operadores del sistema electoral coinciden en que los controles judiciales y la rendición de cuentas posteriores a las elecciones generan incentivos equivocados.
En lugar de fomentar una declaración de gastos coherente con la campaña y un gasto proporcional a lo recaudado, se alienta a recaudar y gastar sin justificación, dejando que las rendiciones disten notablemente de los gastos reales realizados durante la campaña.
Aunque se detectan inconsistencias en las rendiciones, las sanciones llegan una vez que los representantes ya han sido electos y las alianzas se han disuelto.
Esto permite a los candidatos eludir la responsabilidad, ya que las sanciones recaen en los responsables de campaña y los partidos, no en ellos directamente.
Además, las sanciones, que incluyen la pérdida de aportes públicos, impactan de manera desigual: no representan un problema para los candidatos competitivos, quienes pueden acceder a aportes privados, ni para aquellos en el gobierno, que a menudo utilizan recursos públicos para sus campañas. La necesidad de reformar el sistema de controles judiciales se vuelve cada vez más urgente.
Vacío regulatorio en las provincias
La falta de regulación en la mayoría de las provincias argentinas se convierte en un salvoconducto para el financiamiento de campañas electorales.
Sin controles formales derivados del régimen de partidos, este vacío legal impacta negativamente en el régimen nacional, ya que los gastos de campaña que no se pueden justificar se pueden imputar a las campañas provinciales, donde no existen límites de gasto ni períodos establecidos, y las rendiciones no son auditadas.
En Neuquén, por ejemplo, la justicia electoral provincial no audita los informes de gastos, a diferencia del fuero federal. La no presentación de estos informes no conlleva a la caducidad de los partidos; desde la modificación de la ley electoral en 2016, las sanciones se limitan a multas económicas que oscilan entre 70.500 y 282.000 pesos, dependiendo de los módulos electorales.

En 2025 se implementará el sistema de Boleta Única Papel en Argentina.
Aunque Neuquén exige rendiciones a todos los partidos que participan en elecciones provinciales y municipales, solo los partidos de distrito reconocidos por la justicia federal reciben aportes públicos. Los partidos provinciales y municipales, por su parte, dependen exclusivamente de aportes privados y de espacios publicitarios asignados por el gobierno. Esta falta de regulación y control refuerza la necesidad de una reforma que garantice mayor transparencia en el financiamiento electoral.
¿Cómo funciona en otros países?
La regulación de las contribuciones financieras a campañas electorales varía en todo el mundo. El modelo más común permite aportes de individuos y organizaciones, incluidas empresas y sindicatos. Sin embargo, algunos países, como Bélgica, Brasil y Francia, solo permiten aportes de individuos.
En Estados Unidos, las empresas y sindicatos no pueden donar directamente a candidatos, pero pueden realizar gastos de apoyo. Pocos países, como Armenia y Japón, permiten aportes de empresas y prohíben los de sindicatos. Brasil, por ejemplo, prohibió los aportes de empresas tras el escándalo Lava Jato en 2015.
Cómo afectan los cambios a la Ley de Partidos
El proyecto de reforma a la Ley Orgánica de Partidos Políticos, enviado por Javier Milei al Congreso, propone cambios en los requisitos de constitución de partidos, especialmente en distritos poblados. Actualmente, se exige un mínimo de afiliados del cuatro por mil (4‰) del total de electores, con un tope de un millón.
Milei argumenta que este límite desvirtúa el requisito, ya que en Buenos Aires representa solo el cero coma cero tres por ciento (0,03%) del padrón. Por ello, el proyecto busca aumentar el mínimo de afiliaciones al cinco por mil (5‰) y elevar el tope de un millón a dos millones de electores, buscando equilibrar los requisitos en distritos más poblados.
Por otro lado, el proyecto establece que, para que una agrupación política obtenga su personería jurídico-política, la solicitud deberá contar con la firma de al menos cincuenta (50) electores que lo soliciten ante un juez (actualmente, la ley no establece un número mínimo de ciudadanos para solicitar la personería), acortando el plazo para elecciones internas de 180 a 90 días. Si una agrupación no cumple los requisitos pero presenta más del 50% de afiliaciones necesarias, podrá solicitar nuevamente la personería después de una elección nacional, con el respaldo del 75% de los miembros fundadores.
Además, para constituir un partido nacional se requerirán diez o más distritos (actualmente son cinco) y al menos el uno por mil del padrón nacional.
También se reduce el plazo para el reconocimiento de alianzas de 80 a 70 días. Las agrupaciones deberán especificar en el acta constitutiva cómo se adjudicarán los votos recibidos a los efectos de no caer en la nueva causal de caducidad que proponen (no alcanzar en al menos UNA (1) de DOS (2) elecciones nacionales sucesivas el TRES POR CIENTO (3%) del Padrón Electoral del distrito que corresponda).
En la Ley Provincial de Partidos Políticos N° 716, se cuenta con una norma similar, con la diferencia que en el caso de alianzas, cuando se supera el mínimo, se considera que todos los integrantes de la misma lo alcanzaron, sin que se los partidos deban definir cómo van a dividir los votos obtenidos. Se introduce la opción de afiliarse por “ficha electrónica”, estableciendo que los partidos tendrán hasta el 30 de junio de 2026 para cumplir con los nuevos requisitos y 180 días para adaptar sus Cartas Orgánicas.
Afiliarse y desafiliarse, más complicado
De aprobarse esta reforma, los 23 partidos de Distrito reconocidos en la provincia del Neuquén y los que se encuentren en proceso de formación deberán cumplir con estos requisitos, con el agravante de que a partir de junio de 2.023, para desafiliarse, los electores deben realizar el trámite personalmente ante la Secretaria electoral federal o sucursales del Correo Argentino, complicando aún la tarea de quienes deseen armar un partido de Distrito, quienes además de conseguir los avales y las afiliaciones, deben garantizar que quienes se quieran sumar a sus filas cumplan con el nuevo y engorroso trámite de desafiliación.
El Ejecutivo subrayó que el sistema actual facilita la proliferación de partidos políticos, algunos de los cuales son utilizados principalmente como medios para acceder a financiamiento público. Hasta el 31 de octubre de 2024, se contabilizaban 47 partidos nacionales y 718 distritales con reconocimiento legal, un número que contrasta notablemente con el de otros países de la región como México (7), Uruguay (12) y Chile (23).
Ninguna reforma electoral es inocua ni desinteresada ¡y esta no es la excepción!, de aprobarse las modificaciones propuestas, se avizora una drástica reducción en el número de partidos políticos y, por ende, en la oferta electoral.
Esto jugaría a favor de los oficialismos y de aquellos con acceso a jugosas fuentes de financiamiento privado. En resumen, estaríamos ante un modelo electoral diseñado a medida de la casta empresarial y política, donde los negocios serían la clave maestra para el financiamiento de las fuerzas electorales.
(*) Abogada neuquina y especialista en Derecho Electoral
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