
El Gobierno nacional finalmente envió al Congreso su proyecto de Reforma Laboral, una iniciativa que el oficialismo quiere tratar de manera acelerada en el Senado antes de fin de año. El texto, que circuló con modificaciones durante los últimos días, propone transformaciones profundas en vacaciones, despidos, remuneraciones, formalización laboral, convenios colectivos y procedimientos judiciales.
A continuación, los puntos clave del proyecto:
Vacaciones: más flexibilidad y nuevas reglas
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El período anual deberá otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, salvo acuerdo entre las partes.
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Podrán fraccionarse en tramos de al menos 7 días corridos.
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Cada trabajador deberá tener vacaciones en verano al menos una vez cada tres años.
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Si el descanso se interrumpe por enfermedad, los días pendientes deberán reprogramarse.
Despidos: nuevo cálculo y fondos de cese
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La indemnización queda fijada en un mes de sueldo por año trabajado, calculada sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual.
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Se habilita a las empresas a crear fondos de cese laboral para cubrir indemnizaciones.
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La compensación será la única reparación posible, eliminando reclamos civiles paralelos.
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Se ajustan los plazos de preaviso y se mantienen las indemnizaciones especiales por enfermedad, accidente o muerte.
Remuneraciones: cambios en qué es salario y qué no
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Beneficios sociales como comedor, guardería, reintegros médicos o útiles escolares serán no remunerativos.
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Podrán crearse componentes salariales variables, negociados por convenio o definidos por la empresa, sin generar derechos adquiridos ni ultraactividad.
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Todo salario deberá pagarse de forma bancaria o electrónica.
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Se moderniza el régimen de recibos digitales y deducciones.
Ultraactividad y formalización laboral
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Los componentes remunerativos variables no generan ultraactividad, incluso si se mantienen en el tiempo.
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La registración laboral se centraliza en ARCA, como única validación requerida.
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Si hay omisión de registración, la presunción será a favor del trabajador.
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Se impulsa la trazabilidad digital de las relaciones laborales.
Convenios colectivos: aplicación más limitada
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Se restringe la extensión de convenios: solo se aplican a sus partes y su ámbito directo.
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Los CCT podrán fijar cupos de empleo part-time, promediar jornadas y crear componentes salariales variables.
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Los convenios podrán reemplazar el régimen indemnizatorio tradicional por fondos sectoriales de cese laboral.
Procedimientos judiciales: nuevas reglas para juicios laborales
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Los créditos laborales se actualizarán por IPC + 3% anual.
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En juicios en trámite se aplicarán los intereses del BCRA, con topes para evitar desbalances.
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El pacto de cuota litis se limita al 20%, y los honorarios totales al 25% de la sentencia.
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Los jueces deberán informar a ARCA cuando detecten empleo no registrado.
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Los pagos se harán en la cuenta sueldo del trabajador.
Prácticas sindicales: límites y nuevas exigencias
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Trabajadores eventuales no podrán ocupar cargos sindicales con tutela.
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Las deducciones automáticas para sindicatos exigirán consentimiento expreso, salvo las derivadas de ley, estatuto o convenios signatarios.
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Los acuerdos conciliatorios deberán tener intervención administrativa o judicial.



















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