El juez federal de Rawson, Hugo Sastre, aceptó tratar un amparo contra el decreto 462/2025, con el que el gobierno de Javier Milei dispuso la disolución del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y del Instituto Nacional de Agricultura Familiar, Campesina e Indígena (INAFCI).
La acción fue presentada por la Comunidad Aborigen de Laguna Fría y Chacay Oeste, de la meseta centro norte de Chubut, que denunció que la medida se tomó sin cumplir con el derecho constitucional de consulta previa a los pueblos indígenas.
Qué resolvió la Justicia
Sastre declaró “admisible” el recurso, avalado previamente por el dictamen favorable del fiscal federal Fernando Gelvez, y notificó al Estado Nacional, que deberá responder en un plazo de 12 días. La decisión implica reconocer que la comunidad Mapuche Tehuelche está habilitada para reclamar y que, en este caso, la vía del amparo es válida.
Derechos en juego
La reforma constitucional de 1994 y la ratificación del Convenio 169 de la OIT garantizan a los pueblos indígenas el derecho a ser consultados cada vez que se adopten medidas que afecten directamente su modo de vida y producción. En este caso, tanto el INTA como el INAFCI tienen incidencia directa en la agricultura familiar y el desarrollo rural de estas comunidades.
Otros reclamos abiertos
En paralelo, se tramita un amparo similar iniciado por tres comunidades indígenas de Cushamen, que está siendo evaluado en el Juzgado Federal de Esquel y aguarda dictamen fiscal.
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